En primer lugar, resaltamos que es impropio de la investidura presidencial, referirse a los legisladores provinciales como vinculados a algún “sector mafioso” tal como lo hizo Mauricio Macri, con absoluta liviandad, sin fundamento fáctico ni jurídico alguno.
Más allá de ello, cualquiera que se haya interiorizado del texto de la reforma sancionada a nivel nacional en febrero del año pasado, puede concluir que no contiene ningún artículo que apunte directamente a beneficiar al trabajador. Muy por el contario, es una norma hecha a medida de las aseguradoras y de los grandes empleadores autoasegurados, que restringe el acceso a la justicia a los trabajadorespara reclamar cuando la aseguradora no cumple las obligaciones a su cargo.
Tampoco es cierto que esta modificación a la Ley de Riesgos del Trabajo beneficie a los empleadores. Ello por cuanto los litigios en cuestión lo son solamente entre el trabajador y la Aseguradora. Es absolutamente falsa la justificación que se pretende dar desde el Gobierno Nacional (y que reiteró el Presidente en la mencionada entrevista radial) de que con esta ley, al bajarse la litigiosidad, se crearán nuevos puestos de trabajo registrado. Esta reforma no “baja la litigiosidad” contra el empleador, ya que desde que se sancionó la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557 en el año 1995, y más aún con la reforma de la ley 26.773 de octubre de 2012, los “juicios” por accidentes y enfermedades del trabajo no son instados contra la patronal, sino contra la Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Sólo el empleador que tiene a su personal “en negro” se verá afectado por una demanda en su contra ante un siniestro laboral. Es lamentable que el Presidente de la Nación entienda este concepto precisamente “al revés”, como lo evidenció en la entrevista en cuestión.
Consideramos además que esta ley atenta contra las autonomías provinciales en materia judicial, en tanto pretende que, previo a acceder a la justicia ordinaria provincial, el trabajador deba realizar el trámite ante un organismo nacional, como es la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Recordamos que ya reiteradamente los tribunales de todo el país, se han expedido sobre la inconstitucionalidad de este requisito previo, tanto frente a la actual reforma, como cuando se intentó implementar por leyes anteriores.
Por lo expuesto, los legisladores abajo firmantes, reiteramos nuestra posición de no adhesión a la ley 27.348, modificatoria de la Ley de Riesgos del Trabajo, y rechazamos las injuriantes expresiones del Presidente Mauricio Macri sobre nuestros legisladores provinciales